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¿Qué son los arbitrios municipales? | Actual Inmobiliaria

Escrito por Actual | Nov 27, 2020 5:00:00 AM

¿Acabas de comprar un departamento? ¿Qué tan bien has creado tu presupuesto mensual? ¿Sabes qué hay ciertos tipos de pagos que debes realizar aparte de tus cuotas de tu préstamo hipotecario o de los servicios de luz y agua? Si tu respuesta a la última pregunta fue no, entonces has llegado al lugar indicado.

Así como existen el impuesto a la renta y el impuesto vehicular, también hay un tipo de impuesto que debes pagar por ser el propietario de un predio. En el siguiente artículo de Actual Inmobiliaria, podrás conocer más acerca de lo qué son los arbitrios municipales.

¿Qué son los arbitrios municipales?

Los arbitrios municipales son impuestos o tasas obligatorias que se deben pagar a tu municipalidad local por la prestación y las operaciones de servicio público de tu distrito. Estos pueden incluir, pero no se limitan a los siguientes servicios:

  • Mantenimiento de parques y jardines públicos, que incluye el riego y el cuidado de las áreas verdes de dichos espacios.
  • Limpieza Pública, que incluye el barrido de calles, vías públicas, así como la recolección de basura.
  • Serenazgo y seguridad ciudadana, que incluye no solo la vigilancia pública, sino también una central de atención de emergencias.

La cantidad a pagar se basará en el valor municipal de la propiedad o predio que poseas y el municipio (área). Además, aunque los arbitrios sean mensuales, podrás abonar los pagos de forma trimestral, los cuales podrás pagar en cuotas o al contado.

Si en caso desees abonar los impuestos prediales del todo el año en una única cuota, puedes realizarlo en el mes de febrero de cada año. De esta forma, evitarás retrasos u olvidos y podrás obtener un 5% de descuento.

¿Los arbitrios municipales y el impuesto predial son lo mismo?

No, ambos son distintos tipos de impuestos. Mientras que el impuesto predial es un tributo que se realiza a base de tu autoevalúo (proceso para saber el valor de tu propiedad y que se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción), los arbitrios son pagos por los servicios públicos que recibirás en el transcurso del año.

¿Quiénes deben pagar arbitrios municipales?

Aquellas personas que sean propietarias de un predio (propiedad) están obligadas a pagar arbitrios a la jurisdicción de su distrito. No importa si la propiedad se encuentra habitada o no, o un tercero use el predio, se deben abonar estos pagos.

“¿No importa en donde viva? ¿Todos pagan la misma cantidad por arbitrios?”

No. La cantidad a pagar por los arbitrios municipales variará de distrito a distrito. Es más, cada Municipalidad tendrá montos diferentes, los cuales se basan en las necesidades y servicios que se brinden.

De igual forma, el valor de tu predio podría crear una variación en lo que debas pagar. Es decir, dos personas propietarias de distintos inmuebles en un mismo distrito puede que paguen cantidades diferentes de arbitrios municipales.

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¿A partir de cuándo debes pagar por los arbitrios municipales?

Si recién acabas de comprar un departamento, debes conocer que, como propietario, hay una serie de obligaciones que tendrás. Una de ellas es el pago de los arbitrios municipales, los cuales deberás efectuar a partir del mes siguiente de realizada la compra.

¿Cómo puedes pagar tus arbitrios municipales?

Existen dos maneras en las que puedes pagar tus arbitrios municipales: de forma virtual o presencial.

De manera virtual:

  • Debes ingresar a la página web del SAT (www.sat.gob.pe)
  • Si ya estás registrado, inicia sesión en SAT Virtual. De no ser así, solo necesitarás registrarte.
  • Se aceptan pagos con tu tarjeta Visa, MasterCard o American Express.
  • También puedes ingresar a tu banca por Intenet (BCP, BBVA, Interbank, BanBif).
  • Haz clic en la opción de Arbitrios e ingresa tu número de DNI.
  • Revisa qué pagos prediales aún tienes pendientes.
  • Selecciona los pagos que deseas efectuar y págalos.

Recuerda que los arbitrios municipales de las propiedades en Cercado de Lima no se pueden pagar de manera virtual.

De manera presencial:

  • Como propietario, solo debes acercarte a cualquier agencia SAT con tu DNI. Ellos te mencionarán el monto de la cuota que debes pagar.
  • En caso desees realizar el pago en un banco, solo debes acercarte con tu estado de cuenta (el cual deberás solicitar en una Agencia SAT).

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